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La Historia de World Vision
Por casi 46 años, World Vision Honduras ha estado comprometido con la protección y el cuidado de los niños, niñas y a aquellos que más lo necesiten. Desde su llegada en 1974 como respuesta humanitaria a los desastres provocados por el huracán Fifi hasta la crisis por COVID-19 que en la actualidad afecta a nivel global, World Vision Honduras ha ido donde otros no lo harían. Incluso en los lugares donde es más difícil ser un niño, Dios está allí; y nosotros también deberíamos estarlo. Por lo tanto, nuestra misión continúa.
Nuestro Objetivo
Entre 2014 y 2020, Futuros Brillantes abordó el Trabajo Infantil a través de un enfoque territorial y un sistema de participación comunitaria que permitió a padres, maestros, gobierno y empleadores orientar a las niñas, niños y adolescentes en riesgo o involucrados en trabajo infantil. Además, Futuros Brillantes fortaleció la capacidad de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social para prevenir y remediar las violaciones laborales relacionadas con el trabajo infantil, la libertad de asociación y la negociación colectiva.
En la actualidad (2021-2023), Futuros Brillantes colabora con el Gobierno de Honduras, trabajadores y empleadores para garantizar el cumplimiento de la legislación laboral y responder de manera sostenible al trabajo infantil.
¿Qué es el trabajo infantil?
Toda actividad u ocupación que tiene o puede producir efectos perjudiciales en la seguridad, la salud y el desarrollo moral de las niñas, niños y adolescentes. Por ejemplo: expuestos a sustancias tóxicas, procesos peligrosos, transporte de cargas pesadas, entre otros.
-Peores formas de trabajo infantil
Se clasifican las prácticas como esclavitud, prostitución, pornografía o reclutamiento para conflictos armados, o actividades ilícitas.
-¿Qué no es Trabajo Infantil?
Hay una serie de actividades que por su naturaleza no son peligrosas, ni causan riesgo para las niñas, niños y adolescentes, por lo que su realización no implica que sean casos de trabajo infantil. Algunas de las actividades permitidas son:
- Trabajo adolescente permitido: Realizadas de manera exclusiva por adolescentes entre 15 y 17 años.
Donde dichas actividades no interfieren en su educación o formación profesional, no violentan sus derechos humanos y laborales.
- Actividades formativas: Toda actividad que involucra a niñas, niños y adolescentes para que adquieran habilidades y conocimientos para su vida adulta y que, por lo tanto, no implican riesgos a su salud ni el ejercicio de otros derechos.
- Actividades artísticas, deportivas o culturales: No se considera trabajo actividades que bajo supervisión, el cuidado y la responsabilidad de los padres o tutores, realicen los menores de catorce años relacionados con la creación artística, desarrollo científico, deportivo o de talento.
Respuesta institucional efectiva al Trabajo Infantil
- Plan Nacional de la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva de Trabajo Infantil 2022-2026 que incluya planes operativos de las Secretarías de Estado e indicadores estandarizados y homologados
- Comités de Prevención de Trabajo Infantil (CLC) fortalecidos y expandidos a nivel nacional a través de la implementación de la Estrategia Nacional de CLC.
Cumplimiento de las leyes y los estándares laborales:
- Una Comisión Tripartita CAFTA en diálogo permanente para mejorar las condiciones laborales y aplicar la ley laboral.
- Fortalecida la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social para dar mejor respuesta a los casos laborales a través un Sistema Electrónico de Casos.
Generación del conocimiento y el aprendizaje basado en datos:
- Implementada la primera Encuesta Nacional de Trabajo Infantil en Honduras.
- Población con mayor conciencia y conocimiento sobre el trabajo infantil y los derechos laborales a través de diversas acciones comunicacionales.